El programa de acuicultura incluye diversas formas de producción tanto en aguas dulces o salobres, y variedad de especies.
Las normas orgánicas de OIA cubren la producción de organismos carnívoros, omnívoros y herbívoros en todas sus etapas de crecimiento y crianzas en cualquier tipo de sistemas, tanto cerrados como abiertos (lagunas en tierra, estanques y jaulas, entre otros).
Se pueden certificar como orgánicos/biológicos/ecológicos a los organismos silvestres en distintas áreas de recolección.
El tiempo entre el inicio del proceso orgánico/ecológico/biológico y la obtención de la condición orgánica de los productos acuicolas es conocido como la etapa de transición (conversión).
La duración de la etapa de transición varía según el tipo de producción, tiempo de producción, biología de los organismos, las condiciones geográficas, variables ambientales, etc.
Todos aquellos establecimientos de producción acuicola que estén debidamente inscriptos según regulaciones oficiales del país donde producen.
Para el productor:
Para el consumidor:
OIA como empresa certificadora es la encargada de brindar este servicio en base a sus acreditaciones internacionales. OIA verifica y controla el cumplimiento de las normativas de acuicultura orgánica. Finalmente se otorga el sello de certificación a los productos acuícolas que cumplen con los requisitos de la norma emitiendo los certificados correspondientes.
Sí, OIA se encuentra reconocida por la Unión Europea en el reglamento 508 para emitir certificados a ese destino sin necesidad de recertificaciones.
En la norma de Acuicultura Orgánica figura un listado de insumos permitidos y prohibidos.
Se comercializa siempre respaldado por un certificado, que refleja el cumplimiento de las normativas acuícolas orgánicas en todo el proceso desde la producción de la materia prima hasta la elaboración del producto final. La certificadora nunca participa en la cadena comercial.
Además de ventajas comerciales y el cuidado del medio ambiente, puede posicionarse en el mercado integrando una cadena comercial diferenciada a la de los productos convencionales.
El término ‘organismo genéticamente modificado’ (OGM) implica un organismo cuyo material genético ha sido modificado de una manera que no responde a los mecanismos de apareamiento y/o recombinación natural.
Los productos OGM o también llamados Transgénicos están prohibidos en la acuicultura orgánica.
Por favor, para acceder a la página donde podrá descargar las normas de certificación, complete el formulario y presione enviar. Es necesario que complete todas las casillas para tener acceso. Gracias.